lunes, diciembre 30, 2013

Registrar Facturas de Importación en Dynamics NAV

Procedimiento para registrar correctamente la factura de importación y de aduanas en Microsoft Dynamics NAV (Navision)

Según el artículo 64.1 RIVA se registrará el documento de aduanas correspondiente a los bienes importados, que en general será el DUA.

Como Base Imponible se indicará el Valor en Aduana de la mercancía, más los demás gravámenes que se devenguen fuera del territorio de aplicación, más los gravámenes a la importación y más los gastos accesorios que no formen parte del Valor en Aduana y que se produzcan hasta el primer lugar de destino en el interior de la comunidad (Base Imponible, casilla 47 DUA). Como Cuota Tributaria se consignará el importe a pagar.

Los gastos posteriores a la admisión del DUA no incluidos en la base imponible del IVA a la importación darán lugar al registro de facturas separadas. De la factura del transitario, sólo se registrará la parte que corresponda a la prestación de su servicio (no la cuantía del IVA a la importación que se le exige al cliente en concepto de suplido).

Según Hacienda, habiendo registrado un DUA no es necesario registrar la factura del proveedor extranjero, pero en Navision deberemos registrarla aunque sea para gestionar el pago o la recepción de las mercaderías.

En una importación se tendrán por lo menos 2 facturas:
- La factura del proveedor (exenta de IVA)
- La factura del agente de aduanas, que contiene el IVA de la importación (documento DUA), más un importe correspondiente al servicio prestado por el agente.

Y en el libro de facturas recibidas deberá constar la siguiente información:
- El DUA, con toda la información sobre la importación.
- La factura del transitario, con la prestación del servicio.

Para ello, en Navision, deberemos proceder de la siguiente forma:

1- Registrar la factura del proveedor con un IVA no sujeto para que no figure en el registro de IVA y por lo tanto tampoco en el de facturas recibidas. El total factura quedará por el importe real a pagar al proveedor.

2- Registrar el DUA como se indica a continuación, ajustando la base para que coincida la cuota de IVA. Como número de factura se usará la del documento DUA.

  Tipo Grupo Registro IVA Producto Cantidad Importe Importe IVA
Cuenta 555xxxx IVA21 1     1.000     210
Cuenta 555xxxx NO SUJETO 1    -1.000   

La primera línea es la que figurará en el registro de IVA y de facturas recibidas, la segunda, al utilizar un IVA no sujeto, no figurará en ningún registro. La cuenta 555, utilizada como puente para registrar la factura, queda saldada por el importe positivo y negativo de ambas líneas. El total factura debe quedar sólo por la parte del IVA, que es lo que se pagará al agente de aduanas.

3- Registrar normalmente la factura correspondiente a los servicios del agente de aduanas.

Registrando las importaciones de este modo la información que aparece tanto en el libro de facturas recibidas, como en la liquidación de IVA, como en el modelo 340 se ajustará a la normativa vigente.

2 comentarios:

  1. Buenos dias:
    ¿La explicación que das para contabilizar el DUA es teniendo en cuenta que la factura del proveedor extranjero y el agente de aduanas se contabilizan el mismo mes? En mi empresa no siempre ocurre esto y luego tenemos problemas a la hora de presentar el 340. Muchas gracias.

    Un saludo,

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  2. Hola Monica

    Tal como se cita en el texto "Según Hacienda, habiendo registrado un DUA no es necesario registrar la factura del proveedor extranjero, pero en Navision deberemos registrarla aunque sea para gestionar el pago o la recepción de las mercaderías" entiendo que Hacienda no espera ninguna información de la factura del proveedor extranjero, tan sólo la del agente de aduanas y en ese caso no deberías tener problemas aunque ésta última factura te llegue más tarde que la primera.

    ¿Es así?

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